¿Cómo detectar si una empresa está en situación de presentar concurso de acreedores?

 

La respuesta más rápida y efectiva que podemos dar ante esta pregunta es que si no se puede atender un segundo mes el pago de nóminas, impuestos, Seguridad Social, cuotas periódicas en entidades bancarias, etc., seguramente su empresa se encuentra en situación de presentar un concurso de acreedores. Ante la duda si la situación es remontable o estamos en la obligación legal, lo mejor es realizar una “Due Diligence”.

Due Diligence es una expresión del inglés que puede traducirse al castellano como “comprobaciones debidas”, “diligencia debida” o “auditoría”. Se refiere a la investigación que se hace sobre una persona o empresa previamente a la firma de un contrato, inversión o tasación y sirve para tener un fiel reflejo de su valor y situación real y expectativas de futuro.

No podemos olvidar que la Ley Concursal otorga un plazo de dos meses para presentar el concurso de acreedores desde la fecha en que se conoce o se tendría que haber conocido el estado de insolvencia, es decir, en el momento en que no se pueden atender regularmente los pagos.

Este plazo se concede tanto para negociar con los acreedores, como para liquidar la compañía.

Este plazo puede ser objeto de debate y tiene mucha importancia a los efectos de cumplimiento de obligaciones legales y posibles responsabilidades personales para el Administrador o Consejo de Administración, de ahí que se fijen una serie de parámetros en los que se presumirá que el deudor ha conocido su estado de insolvencia cuando:

  • Se dé el sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
  • Existan embargos por ejecuciones pendientes que afecten de una manera más o menos general al patrimonio del deudor.
  • Se produzca el alzamiento o la liquidación apresurada y/o ruinosa de sus bienes por el deudor.
  • El incumplimiento generalizado durante tres meses de alguna de las siguientes obligaciones: pago de obligaciones tributarias, pago de cuotas de la Seguridad Social, y pago de retribuciones e indemnizaciones derivadas de las relaciones de trabajo.

Para evitar situaciones indeseables y que no puedan tener remedio en el patrimonio de las personas, los Administradores o socios de una compañía, conviene estar al tanto de las obligaciones legales que se imponen en los supuestos de dificultades económicas y financieras que determinan la situación de insolvencia presente o inminente, es decir, la imposibilidad de cumplir de forma regular y puntual con sus obligaciones.

Estas responsabilidades van a depurarse en la Sección Sexta del Concurso, denominada Calificación del Concurso y sus efectos, que termina por sentencia.

Por ello es importante que si se encuentra en dicha tesitura, además de la toma de acciones y decisiones rápidas en orden a revertir la situación que se tengan en cuenta los plazos y obligaciones legales que le competen como marco necesario para afrontar y calendarizar la situación a fin de no incurrir en las responsabilidades indicadas, no espere más, mañana puede ya ser tarde.

Si quieres saber más sobre este o cualquier otro asunto, no dejes de consultarnos: PUNT.LEGAL S.L., Sabadell – Barcelona

Contacto telefónico: 671670909 y 639408641 

 

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