Tras la noticia de que el gobierno amplía hasta el 30 de junio de 2022 la exención del deudor de presentar concurso de acreedores, la mayoría de concursos que se estaban preparando para ser presentados antes de fin de año 2021 se han pospuesto; y ello pese a que los problemas financieros sean muy graves y debían haberse presentado hace ya meses, pero ante el periodo de carencia anterior y ahora esta nueva prórroga, se puede decir que no hay nada que temer ante la posibilidad de que se declare insolvente a petición de sus acreedores hasta prácticamente septiembre del 2022.
El Gobierno ha decidido prorrogar seis meses más la moratoria concursal que tiene en suspenso la obligación de los administradores de presentar concurso de acreedores en los dos meses posteriores al conocimiento de su estado de insolvencia y que también comporta la no tramitación de los concursos necesarios solicitados por los acreedores. Ambas medidas, en vigor desde mediados de marzo del 2020 como reacción al gran confinamiento que siguió a la declaración de estado de alarma han sido prorrogadas ya dos veces.
La consecuencia de lo anterior es que el volumen de concursos de acreedores de empresas seguirá siendo muy bajo en los próximos meses, como ha ocurrido hasta ahora.
Mientras se multiplican los relativos a las personas físicas -empresarios, casi siempre autónomos o al frente de pequeñas empresas con avales personales
así como no pocos consumidores muy endeudados por diversos motivos, a todo ello es muy significativo el dato relativamente bajo de los concursos de personas jurídicas y no son pocas las voces de profesionales de distintos ámbitos profesionales y judiciales que creen que esta nueva moratoria agravara la situación de funcionamiento de los juzgados mercantiles y creara empresas ZOMBIES, es decir aquellas empresas que son auténticos
“muertos vivientes”.
A todas estas circunstancias ya solo faltaba añadir un nuevo cambio normativo en materia concursal en curso para acabar de enredar el asunto, ya que para el próximo año se prevé un aluvión de concursos que fácilmente colapsaran el sistema judicial y a los que abra que aplicar muy probablemente la nueva normativa que como todos sabemos ralentiza siempre el primer año de aplicación a los agentes intervinientes (abogados, procuradores, administradores concursales y jueces).
Sin duda se quiere hacer coincidir el final de esta nueva prórroga y suspensión de las normas con la entrada en vigor de la transposición de la ley concursal que está en curso
Así las cosas, la moratoria estará vigente seis meses más, hasta el 30 de junio del 2022, lo que implica que la obligación presentar concurso será efectiva dos meses después, a partir del 1 de septiembre. Si no hay nuevas extensiones, la moratoria habrá durado 27 meses, más los dos meses adicionales por ser el plazo en el que hay que hacer efectiva la declaración de insolvencia.
No hay que olvidar nunca que la actividad concursal, cuyo propósito es facilitar la reestructuración de las empresas para atender mejor a los pagos a los acreedores -sea a través de su continuidad, por medio de un convenio, o por su desaparición, en caso de liquidación- puede ahora verse afectado por estos nuevos elementos de juego y son evidentes para los entendidos los dos grandes riesgos que se nso vienen en próximos meses y que son el tan anunciado COLAPSO JUDICIAL y la existencia de EMPRESAS ZOMBIES.
Ahora más que nunca va a ser imprescindible la intervención de unos buenos profesionales para saber ya no solo que hacer en cada momento, si no elegir el momento preciso para hacerlo y así poder “elegir” la normativa más conveniente para ello.
Si quieres saber más sobre este o cualquier otro asunto, no dejes de consultarnos: PUNT.LEGAL S.L., Sabadell – Barcelona
Comentarios recientes